martes, 6 de diciembre de 2011

SITUACION JUDICIAL EN HONDURAS HOY...

SITUACION JUDICIAL DE HONDURAS HOY…

Impunidad e injusticia en Honduras FNRP Tirza Flores lanza 11.9.11 El pasado 28 de junio de 2009 se perpetró un golpe de Estado en Honduras. Este hecho fue condenado en forma unánime por la comunidad internacional e incluso produjo que la Asamblea General de la OEA suspendiera a Honduras de su participación en el sistema interamericano el día 4 de julio de 2009[1] . Pese a ello, el gobierno de facto (presidido por el señor Roberto Micheletti) insistió en argumentar que lo ocurrido en este país fue una “sucesión constitucional”; un proceso, según ellos, facultado por la Constitución Política de Honduras.
Desde el  rompimiento del orden constitucional, como consecuencia del golpe de Estado del 28 de junio, en Honduras se desarrolla una crisis política, la cual tiene sus manifestaciones más importantes en el resquebrajam iento de la institucionalidad. Si bien es cierto que antes del Golpe de Estado ya el Poder Judicial, el Ministerio Público y la Procuraduría General de la República eran instituciones controladas por grupos de poder económico y político, después del golpe su credibilidad y escasa institucionalidad se resquebrajan totalmente, sobre todo porque apoyaron y continúan respaldando la tesis de la “sucesión constitucional”, en función de dotar de legitimidad  a los eventos que originaron el quiebre institucional.
En el caso de la Corte Suprema de Justicia es menester notar que a partir del Golpe y durante el gobierno de facto dio a conocer cinco comunicados públicos sentando su posición de apoyo al mismo[2]. Para citar un ejemplo, en el comunicado fechado el 20 de julio de 2011 se expresa: “Nuestra Constitución establece el mecanismo para la sustitución de la titularidad de la Presidencia de la República, con la finalidad de mantener el Estado de Derecho y el orden constitucional, por lo que reconocemos el pleno funcionamiento de los poderes del Estado: Legislativo, Ejecutivo y Judicial”.
También, a través de la Oficina de Personal de la Corte Suprema de Justicia,  se giró una invitación el 30 de junio de 2009 para que todos los empleados y funcionarios judiciales participaran, en horas laborables, a una movilización de apoyo al rompimiento del orden constitucional, a la cual se presentaron muchos de ellos. El texto literal de esta nota dice[3]:

Desde ese momento es muy notorio que el Poder judicial no ha podido erigirse como un poder independiente, es decir, que funja como límite ante los otros  poderes; de hecho, él mismo ha sido complaciente y dócil ante las exigencias de los grupos políticos y fácticos, careciendo sus actuaciones de legitimidad por su implicación en la fractura constitucional y por la deficiente tutela de derechos fundamentales que ha realizado el órgano jurisdiccional antes, durante y después del golpe de Estado.
Concretamente, el Poder Judicial, a través de los juzgados y tribunales, falló en su deber de garantizar recursos efectivos para la protección de las personas: cientos de ciudadanos interpusieron recursos de habeas corpus que no fueron resueltos en el tiempo debido; numerosas acciones de inconstitucionalidad y recursos de amparo fueron desestimadas por requisitos formales o sobre la base de criterios sin fundamento.

Al respecto, la Oficina de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos expresó lo siguiente[4]: “Las instituciones encargadas de la protección de los derechos humanos y de garantizar el estado de derecho en muchos casos no cumplieron este mandato, como consecuencia principalmente de la falta de independencia... En el período que abarca este informe, la falta de independencia del poder judicial y la aplicación e interpretación desiguales y discriminatorias de la ley han sido evidentes. La Fiscalía, los jueces y la Corte Suprema de Justicia, en general, han apoyado a las autoridades de facto defendiendo medidas restrictivas a costa de la protección de los derechos humanos y del respeto del estado de derecho…”

También respecto a esta falta en el cumplimiento de su deber de garantizar los derechos de los ciudadanos y ciudadanas a través de los recursos correspondientes y de actuar visiblemente de una forma parcializada, la Comisión de la Verdad y la Reconciliación[5] ha expresado:
“Las actuaciones de la CSJ presentan un contraste llamativo entre la celeridad y diligencia con la que ampararon al general Vásquez Velásquez y las múltiples dificultades y dilaciones que impusieron sobre los recursos de amparo de otros ciudadanos hondureños. El día que el Poder Judicial ampare a todos los ciudadanos con la misma eficacia que lo hizo con el general, se alcanzará a ver el fin de la impunidad en Honduras.”


Igualmente, numerosas denuncias sobre violaciones de derechos humanos no han sido investigadas por el Ministerio Público y las pocas acusaciones criminales presentadas han sido resueltas mediante sobreseimientos definitivos, como es el caso de la Junta de Comandantes que ejecutaron la captura y expatriación de Manuel Zelaya y de otros oficiales del ejército, a quienes se atribuye el cierre arbitrario de medios de comunicación.
En resumen, contrario a lo que debe ser su función, el aparato de justicia se ha instrumentalizado para perseguir a las personas que se opusieron al golpe de Estado o que siguen protestando en la actualidad (maestros, sindicalistas y  campesinos, por ejemplo), tramitándose en forma rápida decenas de procesos penales contra los manifestantes, lo que constituye una criminalización de la protesta social.
Asimismo, esta instrumentalización de las instituciones que tenían el deber de proteger los derechos de la ciudadanía ha implicado, en consecuencia, un patrón definido de persecución política[6] hacia los sectores de la población que se opusieron al golpe de Estado y que continúan, de diferentes formas, exigiendo el retorno al orden constitucional.
Esta actuación sesgada de la Corte Suprema de Justicia ha sido más que evidente en el despido arbitrario del que fuimos víctimas cuatro jueces en mayo del 2010, por oponernos al golpe de Estado[7], argumentando que nuestras actuaciones eran de tipo político partidista, y que por lo tanto constituían faltas que justificaban los despidos. Sin embargo, todos aquellos jueces que se pronunciaron públicamente a favor del golpe y que asistieron a marchas “por la democracia”, no fueron sometidos a ninguna sanción disciplinaria; antes bien, muchos de ellos fueron “premiados” por la Corte Suprema de Justicia con ascensos o aumentos, o simplemente garantizándoles su permanencia en el cargo.
Otro caso que pone al descubierto la parcialización de la justicia hondureña es el del Abogado Enrique Flores Lanza, ex Ministro de la Presidencia de José Manuel Zelaya Rosales: Con su arresto domiciliario y la imposición de una multa de aproximadamente millón y medio de dólares –bajo la amenaza de que si no la cancela será enviado a prisión–, se ha desvanecido nuevamente la esperanza del pueblo hondureño de avanzar por una vía de entendimiento y reconciliación, violentándose el Acuerdo para la Reconciliación Nacional y la Consolidación del Sistema Democrático en la República de Honduras, mas conocido como “Acuerdo de Cartagena”[8]. Y, además, se ha evidenciado claramente que los jueces y magistrados de Honduras actúan obedeciendo órdenes políticas de los grupos de poder que gestaron, ejecutaron y mantienen el rompimiento del orden constitucional en nuestro país.
Además, desde el golpe de Estado se han perpetrado en contra de la población múltiples violaciones que, según lo ha expresado la Comisión Interamericana de Derechos Humanos[9], incluyen “graves violaciones a los derechos humanos de sus habitantes, incluyendo muertes, declaración arbitraria del estado de excepción, represión de manifestaciones públicas a través de un uso desproporcionado de la fuerza, criminalización de la protesta social, detenciones arbitrarias de miles de personas, tratos crueles, inhumanos y degradantes y malas condiciones de detención, la militarización del territorio, aumento de las situaciones de discriminación racial, violaciones a los derechos de las mujeres, serias restricciones arbitrarias al derecho a la libertad de expresión y graves vulneraciones a los derechos políticos. La CIDH también comprobó la ineficacia de los recursos judiciales para proteger los derechos humanos” Haciendo notar que este informe fue publicado en diciembre de 2009 y que de, esa fecha a la actualidad, las violaciones han continuado y se han ampliado.
Con toda esta problemática y ante un sistema de “injusticia” como el que existe en Honduras en este momento, que únicamente actúa impulsado por motivaciones políticas y que en consecuencia no tiene ninguna voluntad de investigar y sancionar a los responsables del Golpe de Estado y de las múltiples violaciones a los derechos humanos derivadas del mismo, es importante que contemos con las instancias que abre el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, que terminará condenando al Estado hondureño por incumplir sus compromisos de protección y vigencia de los derechos humanos de su propia población.
Pero también es de suma relevancia la existencia de la Corte Penal Internacional, a través de la cual es posible deducir responsabilidad penal a las personas que han sido ejecutores o han dirigido estas acciones que constituyen crímenes de lesa humanidad. Desde el pasado mes de noviembre de 2010 se encuentra abierto el examen preliminar para Honduras y en los primeros días del mes de octubre del presente año visitaron el país, en representación de la Oficina del Fiscal General de la Corte Penal Internacional, el Magistrado Baltasar Garzón y la abogada Eugenia Valenzuela, con lo cual se abre una posibilidad de encontrar justicia, que debe ser impulsada por todos los que en el mundo luchamos por una verdadera democracia.
La lucha contra la impunidad es un camino largo, difícil y con muchos sinsabores, sin embargo, sabemos que con el esfuerzo conjunto de los hondureños y hondureñas en resistencia y con el apoyo de los pueblos del mundo, lograremos hacer realidad las palabras de Salvador Allende[10]: “Sigan ustedes sabiendo que, mucho más temprano que tarde, de nuevo se abrirán las grandes alamedas por donde pase el hombre libre, para construir una sociedad mejor”.
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[1] Resoluciones AG/RES. 1 (XXXVII-E/09) y AG/RES. 2 (XXXVII-E/09), del 1 y 4 de julio respectivamente, de la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos, resolución 63/301 de fecha 1 de julio de 2009, Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas, Comunicado 42/09 de fecha 28 de junio de 2009 emitido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
[2] Cinco comunicados oficiales en diferentes fechas: comunicado del 28 de junio de 2009; Comunicado Especial de fecha 30 de junio de 2009; Comunicado de fecha 20 de julio de 2009; Comunicado del 31 de julio de 2009; y Criterio Institucional de la Corte Suprema de Justicia, fechado el 21 de agosto de 2009.
[3] Ver el numeral 83 de las Observaciones Preliminares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre su visita a Honduras realizada del 15 al 18 de mayo de 2010.
[4] Ver  Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre las violaciones a los derechos humanos en Honduras desde el Golpe de Estado de 28 de junio de 2009, numerales 67 y 68
[5] Ver “Para que los hechos no se repitan: Informe de la Comisión de la Verdad y la Reconciliación”,  publicado el pasado mes de julio de 2011, Tomo I, página 372
[6] Ver “Cronologías de los Hechos: Informe de la Verdad y la Reconciliación”, Julio 2011, Tomo II, páginas del 536 al 539.
[7] Ver “Observaciones Preliminares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre su Visita a Honduras realizada del 15 al 18 de mayo de 2010”, Inciso D. Hostigamiento y persecución contra magistrados y jueces, numerales 77 al 86.
[8] El Acuerdo para la Reconciliación Nacional y la Consolidación del Sistema Democrático en la Republica de Honduras, firmado el pasado 22 de mayo por Porfirio Lobo Sosa y el Ex Presidente, José Manuel Zelaya Rosales, y como testigos los Presidentes de Colombia y la República Bolivariana de Venezuela, Juan Manuel Santos y Hugo Rafael Chávez Frías, establece en uno de sus apartados: ”…el compromiso asumido por el Gobierno de Honduras de garantizar al Ex Presidente José Manuel Zelaya Rosales, así como a los demás ex miembros de su gobierno, el ejercicio de todas sus libertades de acción política y de todas las garantías contempladas en la Constitución de la República y las leyes de Honduras, tomando para ello las medidas especiales de seguridad personal que sean necesarias” asimismo: “3. Profundizar en las garantías otorgadas para el regreso en condiciones de seguridad y libertad a los ex funcionarios del gobierno del Ex Presidente José Manuel Zelaya Rosales y demás personas afectadas por la crisis que hoy se encuentran en el exterior, con reconocimiento pleno de sus derechos según la Constitución y las leyes de Honduras;”
[9] Ver Informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos “Honduras: Derechos Humanos y Golpe de Estado”, VI. Conclusiones, numeral 551
[10] Tomado de las últimas palabras públicas del Presidente chileno, Salvador Allende, el 11 de septiembre de 1973, cuando perdió la vida en el Palacio de La Moneda al ser derrocado por el golpe de Estado militar de Augusto Pinochet.

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